Órganos específicos de la ONU sobre la Cuestión Palestina
- Comité para el ejercicio de los derechos inalienables del pueblo palestino
- División de los Derechos de los Palestinos
- Sistema de Información de las Naciones Unidas sobre la Cuestión de Palestina (UNISPAL)
- Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados Palestina en Oriente Próximo (UNRWA)
- Oficina de Naciones Unidas para la Coordinación de Asuntos Humanitarios en los Territorios Palestinos Ocupados (OCHA - OPT)
- Misión palestina ante Naciones Unidas
Comité para el ejercicio de los derechos inalienables del pueblo palestino
La Cuestión de Palestina se planteó por primera vez ante la Asamblea General en 1947, cuando la Asamblea decidió dividir Palestina en dos Estados, uno árabe y otro judío, concediendo un régimen especial a Jerusalén (Resolución 181 (II) de 1947). En años posteriores, en vista de que no se había establecido el Estado árabe y que se habían librado varias guerras en la zona, el problema de Palestina se examinó como parte del conflicto general de Medio Oriente o en relación con los aspectos relacionados con los refugiados o derechos humanos.
Sólo en 1974 se volvió a incluir la Cuestión de Palestina en el programa de la Asamblea General como cuestión nacional y se reafirmaron y especificaron los derechos inalienables del pueblo palestino. En su Resolución 3236 (XXIX) de 1974, la Asamblea estableció que dichos derechos incluían: el derecho a la libre determinación sin injerencia del exterior, el derecho a la independencia y soberanía nacionales y el derecho de los palestinos a regresar a sus hogares y propiedades, de los que habían sido desalojados y desarraigados. Asimismo, la Asamblea declaró que la consecución de dichos derechos era indispensable para la solución de la Cuestión Palestina.
En 1975 la Asamblea expresó su profunda preocupación y decidió establecer el Comité para el ejercicio de los derechos inalienables del pueblo palestino. En su Resolución 3376 (XXX) de 1975, la Asamblea encargó al Comité, órgano de las Naciones Unidas dedicado exclusivamente a la cuestión de Palestina, que examinara y recomendara a la Asamblea un programa destinado a que el pueblo palestino pudiera ejercer sus derechos.
En su informe, presentado al Consejo de Seguridad en junio de 1976, el Comité afirmó que la cuestión de Palestina era el "Núcleo del problema del Oriente Medio" y que no podía preverse ninguna solución que no tuviera plenamente en cuenta las legítimas aspiraciones del pueblo palestino. Entre las recomendaciones del Comité figuraban:
-un plan de dos fases para el retorno de los palestinos a sus hogares y propiedades;
-un calendario para la retirada de las fuerzas israelíes de los territorios ocupados a más tardar el 1º de junio de 1977, y en caso de ser necesario, el envío temporal de fuerzas de mantenimiento de la paz a fin de facilitar el proceso;
-el término del establecimiento de asentamientos;
-el reconocimiento por parte de Israel de la aplicabilidad del Cuarto Convenio de Ginebra a los territorios ocupados hasta la retirada de las fuerzas israelíes; y
-el respaldo del derecho inmanente del pueblo palestino a la libre determinación , la independencia nacional y la soberanía de Palestina.
Las recomendaciones del Comité NO FUERON APROBADAS POR EL CONSEJO DE SEGURIDAD, debido al VOTO EN CONTRA DE UN MIEMBRO PERMANENTE, por tanto no se han aplicado. No obstante, la Asamblea General las hizo suyas por mayoría abrumadora.
Año tras año la Asamblea pide al Comité que eleve su informe y reafirma su mandato. Asimismo, la Asamblea pide al Comité que monitoree la situación y haga recomendaciones tanto a la Asamblea como al Consejo y a la Secretaría General.
En el cumplimiento de su mandato, el Comité amplió su programa de trabajo estableciendo en 1978 una dependencia de apoyo en la Secretaría (que más tarde se convirtió en la División de los derechos de los Palestinos). El programa pasó a incluir la celebración de reuniones y conferencias internacionales en todas las regiones del mundo. Se inició la cooperación con una amplia red de organizaciones de la sociedad civil que se ocupan de la cuestión Palestina. Se designó el Día Internacional de Solidaridad con el pueblo Palestino el 29 de noviembre y se patrocina la celebración de actos en conmemoración de éste día.
Actualmente el Comité cuenta con 23 MIEMBROS:
Afganistán, Belarús, Chipre, Cuba, Guinea, Guyana, India, Indonesia, Madagascar, Malasia, Malí, Malta, Namibia, Nigeria, Pakistán, República Democrática Popular Lao, Senegal, Sierra Leona, Sudáfrica, Túnez, Turquía y Ucrania.
En las sesiones del Comité participan 25 observadores, entre los cuales está la representación Palestina.
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